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Ayudas para la implantación de la agricultura de precisión y tecnologías 4.0

RESUMEN GUIA PRÁCTICA PROGRAMA DE APLICACIÓN DE AGRICULTURA DE PRECISIÓN Y TECNOLOGÍA 4.0

 

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia está estructurado en torno a diez políticas palanca, entre las cuales se encuentra la política número 1, referida a la «Agenda Urbana y Rural, lucha contra la despoblación y desarrollo de la agricultura». A su vez, ésta integra el componente 3 sobre «Transformación ambiental y digital del sector agroalimentario y pesquero», cuyo objetivo es mejorar la resiliencia y la competitividad de un sector económico estratégico como el sector agroalimentario, apoyando la consecución de los objetivos climáticos, medioambientales y de descarbonización de la economía.

Dicho Componente tendrá como elemento central cuatro programas de apoyo para la financiación de planes de inversión destinados a la ejecución de proyectos estratégicos.

…El cuarto programa de apoyo irá dirigido a la agricultura y ganadería de precisión, que pueden contribuir de manera significativa a la seguridad alimentaria, a la inocuidad de los alimentos, y a promover unas prácticas agrarias más sostenibles…

La asignación presupuestaria prevista para el Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero será 79.000.000 de euros, cuya distribución se realizará en tres anualidades correspondientes a los años 2021, 2022 y 2023.

La intensidad máxima de la ayuda será del 40 % de los costes elegibles. Este límite podrá incrementarse 20 puntos porcentuales, en el caso de las inversiones colectivas, las realizadas por consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de PYMES, o de beneficiarios que tengan la condición de jóvenes agricultores. No se concederán ayudas a los proyectos solicitados cuando la cuantía de los mismos no supere un importe mínimo de 5.000 euros. La cuantía máxima de la ayuda será de 300.000 euros.

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA AYUDA?

  1. Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  2. Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo como tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 el 851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de PYMES.
  3. Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación siempre que tengan la consideración de PYMES y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola y/o ganadera.
  4. Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que los proyectos de inversión se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones concretas que tengan la consideración de PYMES, cuyos titulares habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

 

CRITERIOS DE PRIORIZACIÓN DE LAS AYUDAS

El procedimiento de concesión de las ayudas será en régimen de concurrencia competitiva con el fin de priorizar, entre otros criterios, las solicitudes de proyectos que se integren en planes de inversión conjuntos y las inversiones colectivas.

  • Por tipo de cliente:
    • Explotaciones de titularidad compartida de acuerdo con la Ley 35/2011 (2 Puntos)
    • Jóvenes agricultores (2 puntos)
    • Entidad asociativa prioritaria (1 punto)
    • Por tipo de inversión
      • Plan de inversión conjunto (5 puntos)
      • Inversión colectiva (5 puntos)
      • Nº de equipo de nueva adquisición y/o equipo existente adaptado
        • 1er equipo (2 puntos)
        • 2º equipo (2 puntos)
        • 3er equipo (2 puntos)
        • Solicitantes B) y D) que propicien el uso común de equipos (2 puntos)

 

REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS

a)      Identificación: La identificación de la persona física o jurídica, o agrupación de personas físicas o jurídicas, o sin personalidad, consorcios u otras formas de colaboración público-privada, solicitante, su NIF, y los datos del representante.

b)      Presupuesto: Documentación que acredite el presupuesto de la ejecución de la inversión.

c)       Otras ayudas: Una declaración del solicitante relativa a todas las ayudas de minimis solicitadas o recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, u otras ayudas solicitadas o percibidas para el mismo objeto y finalidad.

d)      REGA/REGEPA: Identificación del código REGA o REGEPA de la explotación, que, en las colectivas y en las promovidas por consorcios u otra forma de colaboración público-privada, comprenderá la relación de códigos REGA o REGEPA que se van a beneficiar de la inversión.

e)      Tipo de solicitante: Si se da la circunstancia de titularidad compartida o la consideración de joven agricultor o ambas.

f)       Tipo de inversión: Si se trata de un plan de inversión conjunto. En caso afirmativo la información que se específica en la letra i) se indicará para cada una de las solicitudes de proyectos que integran el plan de inversión.

g)      Compromiso DNSH: Una  declaración responsable del solicitante del cumplimiento del principio de «no causar daño significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH)

h)      Compromiso PRTR: Una declaración responsable sobre el cumplimiento de todas las obligaciones exigibles en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

i)        Memoria desciptiva del proyecto de inversión.

 

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

a)      Información: Remitir al órgano concedente la información que permita al mismo medir la contribución de la actividad subvencionada.

b)      Otras ayudas: Declarar la obtención de otras ayudas para la financiación de la misma actividad subvencionada.

c)       Obligaciones UE: Las específicas obligaciones de información en relación a la financiación por la Unión Europea de la actividad subvencionada.

d)      Contabilidad: Llevar una contabilidad específica de las actuaciones objeto de subvención para garantizar la adecuada justificación de la subvención concedida y pagada.

e)      Soberanía UE: Deberán contribuir a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.

f)       Empleo: - Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención. - Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención. - Contribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse documentalmente. - Los beneficiarios habrán de mostrar garantías de que sus actuaciones no inciden negativamente sobre el objetivo medioambiental   de la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

INVERSIONES ELEGIBLES Y REQUISITOS DE LA TECNOLOGIA 4.0

 Ver las tablas de la guía completa de las páginas 16 a 19. Puedes descargar la guía completa más desde el pdf que adjuntamos.

 

Link de interés: https://planderecuperacion.gob.es/

GUIA PRACTICA COMPLETA SEGaUN PRTR RD 948_2021_.pdf

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